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28 de mayo de 2026 · Pasaporte · Consejos

Maquillaje en Foto de Pasaporte 2026 – ¿Qué Está Permitido?

Muchas personas se preguntan si pueden ir maquilladas a la sesión de foto del pasaporte. La respuesta es sí, siempre que sea tu maquillaje habitual. La normativa ICAO Doc 9303 aplica el principio de "aspecto natural habitual": la foto debe reflejar cómo te ven normalmente. Lo que está estrictamente prohibido es el retoque digital posterior, el maquillaje artístico y cualquier elemento que altere artificialmente los rasgos faciales biométricos.

Resumen rápido: maquillaje en la foto de pasaporte

  • Base de maquillaje: Permitida.
  • Corrector: Permitido.
  • Sombra de ojos suave: Permitida.
  • Labial (cualquier color habitual): Permitido.
  • Rímel discreto: Permitido.
  • Maquillaje artístico o teatral: No permitido.
  • Filtros de retoque digital: Prohibidos.
  • Blanqueamiento de piel por edición: Prohibido.
  • Eliminación de manchas/arrugas por edición: Prohibido.

Verifica siempre los requisitos actuales con la autoridad competente antes de presentar tu solicitud.

Qué Dice la Normativa ICAO sobre el Maquillaje

La normativa ICAO Doc 9303 establece que la fotografía del pasaporte debe mostrar una "fiel semejanza" con el solicitante. Esto implica dos condiciones relacionadas con el maquillaje:

  1. 1.El maquillaje debe ser habitual: si te maquillas regularmente y ese maquillaje forma parte de tu aspecto cotidiano, está permitido. La normativa se basa en que la foto refleje cómo te ven las autoridades en una situación normal.
  2. 2.El maquillaje no debe alterar los rasgos faciales biométricos:los puntos de referencia que utilizan los sistemas de reconocimiento facial (posición de los ojos, nariz, boca, mandíbula, pómulos) deben ser discernibles. Un maquillaje que cambie artificialmente la forma de estos elementos no es aceptable.

Maquillaje en Foto de Pasaporte: Permitido vs. Prohibido

TipoEstadoCondición
Base de maquillajePermitidaSi es de uso habitual
CorrectorPermitidoSi es de uso habitual
Sombra de ojos suavePermitidaSi no altera rasgos biométricos
Labial (cualquier color habitual)PermitidoSi es de uso habitual
Rímel y máscara de pestañasPermitidosSi son de uso habitual
Contouring / sculpting facialCon precauciónSolo si no altera la forma aparente del rostro
Maquillaje artístico o teatralProhibidoSiempre
Filtros de retoque digitalProhibidoSiempre
Blanqueamiento de piel por ediciónProhibidoSiempre
Eliminación de manchas/arrugas por ediciónProhibidoSiempre

Por Qué el Retoque Digital Está Prohibido

El retoque digital de la imagen — a diferencia del maquillaje físico — está siempre prohibido en fotos de pasaporte. La diferencia fundamental es esta:

  • Maquillaje físico (permitido): forma parte de tu aspecto real en la vida cotidiana. Si te blanqueas la piel con base de maquillaje físicamente, ese es tu aspecto real y la cámara lo captura fielmente.
  • Retoque digital (prohibido): modifica artificialmente la imagen capturada, de modo que la foto ya no muestra tu aspecto real. Esto interfiere directamente con el propósito biométrico del documento: que la foto te identifique de forma fidedigna.

Los algoritmos de detección de imágenes actuales pueden identificar señales de suavizado de piel, cambios de textura y otras manipulaciones digitales. Una foto con retoque detectado puede ser rechazada en el momento de la solicitud.

Maquillaje que Altera Rasgos Biométricos

Para documentos de identidad, el maquillaje no debe cambiar la forma aparente de los siguientes rasgos faciales biométricos:

Nariz
Mandíbula
Pómulos
Contorno de ojos
Frente
Labios (forma, no color)

Técnicas como el contouring muy marcado que cambia visualmente la forma de la nariz o la mandíbula, o el maquillaje de ojos que altera significativamente la posición o el tamaño aparente de los ojos, pueden generar inconvenientes en el proceso de verificación biométrica.

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Preguntas Frecuentes

¿Puedo llevar maquillaje en la foto de pasaporte?

Sí, siempre que sea tu maquillaje habitual y no altere artificialmente los rasgos faciales biométricos. La normativa ICAO Doc 9303 y la DGP española aplican el principio de "aspecto natural habitual": si te maquillas normalmente en tu vida cotidiana, puedes hacerlo en la foto.

¿Están prohibidos los filtros de retoque digital en la foto de pasaporte?

Sí. Los filtros de retoque digital, el suavizado de piel, la eliminación de manchas, arrugas o imperfecciones mediante edición de imagen están prohibidos. La foto debe mostrar el aspecto real del solicitante con fiel semejanza. Las autoridades pueden rechazar fotos que detecten edición artificial.

¿Puedo llevar labial rojo en la foto de pasaporte?

Sí, siempre que sea tu uso habitual. El labial, sea del color que sea, está permitido si forma parte de tu apariencia cotidiana. Lo que no se permite es un maquillaje de labios que cambie artificialmente la forma o el contorno de la boca más allá de lo natural.

¿Está permitido el maquillaje artístico o de fantasía en la foto de pasaporte?

No. El maquillaje artístico, teatral o de fantasía que altera significativamente los rasgos faciales está prohibido. Esto incluye maquillaje que cambie la forma aparente de la nariz, la mandíbula, los pómulos o los ojos, o que aplique colores extremos no naturales en el rostro.

Verifica siempre los requisitos actuales con la autoridad competente antes de presentar tu solicitud. La información de este artículo se basa en la normativa ICAO Doc 9303 y en los criterios publicados por la DGP vigentes en la fecha de publicación. Este artículo no constituye asesoramiento jurídico.

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